Linares Beltranena: “el escrutinio no puede terminar de forma unilateral”
Finalizado el cotejo de actas, los resultados son prácticamente invariables. Aunque Creo presentó ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una solicitud de debida ejecutoria de amparo, para que se realice conteo voto a voto en algunas mesas y elección municipal, la impresión ciudadana es que todo seguirá su curso. Sin embargo, el constituyente Fernando Linares Beltranena considera que la Corte de Constitucionalidad (CC) puede pedir ampliación y recuento de los votos, debido a muchas dudas razonables. Recientemente, Linares discrepó de algunos constituyentes que objetaron el amparo de la CC. Similar posición, aunque con matices, adoptó el también constituyente Alfredo García, quien considera que la ley no permite recontar los votos.
Roxana Orantes Córdova
Diez constituyentes divulgaron un manifiesto en el que cuestionaron que la CC hubiera atendido un amparo que, según afirman, habría ignorado el artículo 12 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, donde se establece que la autoridad competente para conocer los amparos contra el Tribunal Supremo Electoral (TSE), es la CSJ.
Los dignatarios firmantes fueron: Aquiles Faillace, Alejandro Maldonado Aguirre, Roberto Alejos Cámbara, Víctor Hugo Godoy, Alfonso Alonso Barillas, Alfonso Cabrera Hidalgo, Richard Shaw Arrivillaga, Eric Milton Quim Chen, Rafael Arriaga Martínez y José Francisco López Vidaurre.
Entre otros argumentos, los dignatarios de la Nación abogaron para que no se ejecutara el referido amparo, invocando “la cordura hacia la conveniencia y la tranquilidad de los guatemaltecos, exigiendo a los magistrados constitucionales no ser sorprendidos por intereses espurios que perjudiquen a la Nación guatemalteca, en este momento bajo observación internacional”.
El amparo siguió su curso y hacia el final de las audiencias los resultados son casi idénticos a los que se presentaron en la primera vuelta. Aparentemente todo seguirá su curso, aunque el constituyente Fernando Linares Beltranena, quien por escrito expuso su disenso con los 10 magistrados firmantes del manifiesto, considera que los resultados todavía no son satisfactorios y explicó que lo establecido por la CC no puede ser finalizado unilateralmente por las Juntas Electorales, si bien son autoridad.
Por otra parte, Alfredo García coincide parcialmente con Linares Beltranena, aunque opina que el nuevo recuento de votos no está contemplado por la ley.
“De ser necesario, deben volverse a contar los votos”, opina Linares Beltranena
“Hay muchas dudas razonables sobre la pureza del escrutinio. No las votaciones, sino lo que sucede después de ellas. El conteo, reconteo y análisis de las actas. Ante tantas dudas, se hace necesaria la suspensión de los resultados y, de ser necesario, un reconteo de votos. Quien nada debe, nada teme”, dijo a 24:7 Prensa Digital Linares Beltranena, quien añadió:
“El artículo 27 de la Ley de Amparo permite a la CC conocer a prevención el amparo, para defender el orden constitucional. En 1993, la intervención de la CC revocó el “Serranazo”. Como antecedentes, están los procesos viciados de 2020 en Estados Unidos, Brasil y Colombia. Es necesario que se verifiquen las actas impresas en papel blanco, que son las originales. Las amarillas son copias. De ser necesario, debe hacerse un reconteo de los votos”.
Según afirma, se deben cotejar las copias blancas y cotejarlas con los votos. “No importa que pueda tardar, pero no nos preocupemos. La segunda vuelta está programada para finales de agosto. Más vale que se haga bien que mal y rápido”.
Aunque la normativa electoral no contempla el reconteo de votos, la CC dejó abierta la posibilidad de hacerlo, “de ser necesario”, indica el constituyente, quien añade que la corte constitucional “da esperanzas de recobrar la confianza necesaria en el sistema electoral”.
García: “el mandato de la CC da transparencia al proceso y legitima a los candidatos
Consultado por 24:7 Prensa Digital, Alfredo García dijo:
“Difiero de los 10 constituyentes firmantes. Es un punto sin sentido, porque las partes cumplieron el mandato de la CC y se está llevando a cabo la revisión de las actas a nivel nacional. El mandato de la CC es un ejercicio sano que da transparencia al proceso y legitimidad a los candidatos que participen en segunda vuelta”.
Según comenta, dicha legitimidad es urgente “por la escasa representatividad de los dos punteros y su bajísimo porcentaje de votos obtenidos”.
En cuanto a la posibilidad de que la CC pidiera la ampliación de las audiencias más allá de los cinco días para realizar el recuento de votos y el cotejo con las papeletas originales, expresó:
“La ley no lo contempla. Solo se puede hacer lo que la ley permite. Salvaguarda derechos ciudadanos”.