¿Por qué Bernardo emite un veto presidencial extemporáneo? Partes III, IV y V
Omar Barrios Osorio
Incumplimiento de vigencia del Acuerdo Gubernativo No. 182-2025, que hace imposible que el Congreso de la República enmiende la responsabilidad de Bernardo
Sigamos desmintiendo los argumentos de los falaces.
1. Mentira para ocultar su incapacidad: “ya se devolvió el veto”
Siguen tratando de arreglar la incapacidad e irresponsabilidad de Bernardo, ahora dicen que es suficiente con “devolver el decreto”, que lo del veto no es necesario que esté vigente ¿Entonces para qué se manda a publicar? El principio de publicidad está debidamente fundamentado en los fallos del Tribunal Constitucional.
2. Verdad con fundamentos: el Art. 178 constitucional contiene el requisito “previo acuerdo y eso significa que dicho acuerdo debe estar vigente para devolverlo.
Lean el Artículo Constitucional: “Artículo 178.—Veto. Dentro de los quince días de recibido el decreto y previo acuerdo tomado en Consejo de Ministros, el Presidente de la República podrá devolverlo al Congreso con las observaciones que estime pertinentes, en ejercicio de su derecho de veto. Las leyes no podrán ser vetadas parcialmente.”
El Acuerdo Gubernativo No. 182-2025 que contiene el supuesto veto está redactado mediante «artículos», normas generales, por eso debe publicarse en el Diario de Centro América (Diario Oficial) y por eso debe entrar en vigor para que sea materialmente aplicable; que Bernardo NO conozca la legislación guatemalteca NO ES RESPONSABILIDAD DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA.
Expediente No. 3503-2015 del Tribunal Constitucional:
“…en cuanto a normas emanadas del Organismo Ejecutivo, se atenderá lo preceptuado en el Artículo 3 del Decreto 1816 del Congreso de la República, según el cual su entrada en vigencia iniciará dentro de los tres días siguientes a su publicación.”
3. Reflexión
El Derecho es uno, NO lo que los irresponsables quieren que sea.
Pd
Si el Congreso le tiene miedo a Bernardo y se inclinan a sus ilegalidades y errores, después NO se vayan a arrepentir, porque permitir la incapacidad Ejecutiva repercutirá en el trabajo del Legislativo.
Pd 2
Para que un Acuerdo Gubernativo que contiene un “veto” sea válido, debe publicarse y estar vigente.

Parte IV
Los documentos que envió Bernardo al Congreso NO cumplieron con los requisitos legales y formalidades para considerarse un “veto” y por ello el Congreso dio por sancionado el Decreto de forma tácita y ordenó su publicación en el Diario Oficial. Les recuerdo que estamos hablando de la función de Presidencia de la República, donde los procedimientos deben ser estrictamente apegados a legalidad en todo, no solo donde no les gusta.
1. Tres efectos buenos de todo el relajo
a. Los de Bernardo aprendieron para la próxima… Pero ¿Cuánto le cuesta a Guatemala esa ineptitud?
b. ¡Qué buen y sano debate vimos el martes en el hemiciclo del Congreso! Hace tiempo no se discutía con argumentos emanados con respeto, fundamentos e interpretación en discusión y cada quien defendiendo su postura (claro, a los oficialistas les cuesta más y en la expresión se les notaba que estaban molestos con el Ejecutivo por la posición en la que los ponen).
c. Lo mejor de lo mejor: ¡Los estudiantes de Derecho le están poniendo ganas a estudiar, no quieren ser como los asesores de Bernardo!
2. Analicemos el tema con preguntas y respuestas sencillas
Lo que pasó, pasó, pero revisemos con simples preguntas.
2.1) ¿PUDO BERNARDO REALIZAR LA SESIÓN DEL CONSEJO DE MINISTROS EL MARTES 30 DE SEPTIEMBRE (Día 11 de 15 del plazo)?
a) Si
b) No
2.2) ¿Pudo Bernardo enviar a publicar el Acuerdo Gubernativo en Consejo de Ministros el miércoles 1 de octubre (día 12 de 15 del plazo)?
a) Si
b) No
2.3) ¿Entraría en vigor el Acuerdo Gubernativo en Consejo de Ministros el lunes 6 de octubre (Día 15 de 15 del plazo) Conforme el decreto No. 1816?
a) Si
b) No
2.4) De haber contestado a las preguntas 2.1) SI, 2.2) SI, 2.3) SI ¿ESTUVIESE TODO BIEN CON EL VETO?
a) Si
b) No
2.5) ¿Ve qué fácil es entender que tener capacidad, conocimiento y cumplir con la ley es lo mejor?
a) Si
b) No
Cuando un funcionario es responsable y tiene capacidad se hace todo bien, pero lo que vimos lo explicó de forma sencilla el diputado Elmer Palencia: ser un funcionario “copy-paste” es un peligro para el gobierno, sumado a realizar “copy-paste” sin analizar plazos, celeridad, situaciones del contexto, sin la humildad de consultar a los que saben, complicado con conductas de faltas de respeto a colegas, empleados a su cargo y ciudadanos, distorsionados por ideologías desfasadas, todo eso afecta la función pública… Lo peor: seguirán así hasta entregar el cargo a alguien con verdadera capacidad y honorabilidad… Lo complicado: los funcionarios de otras entidades ya no confían y los ciudadanos tampoco
¿Qué pensará de todo esto Bernardo Arévalo? ¿Pensará?
3. Tratar de justificar la incapacidad solo los pone en más vergüenza (el error no es fuente de derecho)
Es deplorable y desacertado que una entidad tan formal como la Secretaría General de la Presidencia (SGP) tenga que salir con comunicaditos y publicaciones de bajo nivel para tratar de “justificar” ante los seguidores de gobierno el grave error del secretario y asesores presidenciales, ello porque no había visto antes acciones paupérrimas por parte del despacho de la SGP, pero bueno ¿Qué se puede esperar de quienes cometen graves errores de forma consecutiva en la función pública? (recuerden que arrastran ilegalidades en la documentación del extinto partido político y otros aberrantes fallos).
Les puede asegurar que en el cuerpo consultivo de la SGP existen grandes juristas, profesionales con carrera administrativa y jurídica que han servido a la nación por años y hasta décadas; explico esto porque si Bernardo va a seguir con los mismos sugiero que consideren que alguno de los expertos del cuerpo consultivo haga el trabajo que corresponde al secretario y asesores presidenciales, les aseguro que el personal de carrera es eficiente y sujetos a legalidad.
4. Ojalá las autoridades de la SGP puedan reflexionar y enderezar el rumbo
Ejercer función pública de alto nivel es una enorme responsabilidad, no todos pueden con ello, pero ahora que viven sus limitaciones y errores deberían reflexionar y enmendar sus equivocaciones, detener los ataques que hacen a ciudadanos utilizando los recursos públicos, corregir los abusos de poder que cometieron en contra de empleados simplemente porque son familiares o amigos de quien no les agrada… recuerden que están cosechando el daño que se dedicaron a hacer y deberían mejor dedicarse a trabajar por Guatemala, porque llegar a esos puestos a desahogar sus frustraciones solo les trae problemas y la verdad se ven ridículos en redes insultando para encubrir su propio fracaso ¿Tendrán la madurez y sensatez de corregir o seguirán igual o peor? ¿Vendrán represalias contra los ciudadanos que han aportado o criticado con fundamentos?
Pd
Es interesante ver como sus “aliados” tratan de ayudarles (mínimo les dan las gracias) y claro que Bernardo tiene el poder para ejercer “presión” sobre la CC para que les «ayude» con el problema (en estos días cualquier cosa puede pasar), pero nada de eso hubiera sido necesario si simplemente actuaran conforme el principio de legalidad ¡A estudiar patojos! ¡Y recuerden respetar a sus mayores!
Pd 2
¿Podría alguno de los actuales magistrados de la CC “negociar” ser designado por Bernardo a cambio de que “arregle” las metidas de pata de su equipo? ¿Se atreverá Bernardo a mandar a alguien de su equipo a la CC el otro año? ¡Si estamos viendo lo que hacen en presidencia, ahora imaginen cómo le irá a la Justicia Constitucional!

Parte V
Fundamento legal de la publicación de los acuerdos gubernativos en Consejo de Ministros es vigente, positiva y aplicable…no es culpa del Congreso de la República ni de los ciudadanos que Bernardo no conozca las normas que Presidencia debe cumplir.
¿Por qué medios como Prensa Libre, Emisoras Unidas y otros le preguntan el tema a los que NO saben?
Mis estudiantes conocen la Teoría de los Plazos, les aparecen las anotaciones en la Ley del Organismo Judicial a pie de página del Art. 45 (por eso estudien con los que les podemos dar una formación con fundamentos -23 años de explicarlo-).
Les di tiempo a los que dicen, declaran y aseveran que NO existe fundamento para publicar los Acuerdos Gubernativos en Consejo de Ministros, NO hicieron la tarea bien, pero es un gusto apoyarlos desde la academia (aunque no lo crean es con cariño).
1. ¿Fundamento legal de por qué se deben publicar los acuerdos gubernativos en Consejo de Ministros?
Lean des-pa-ci-to:
“Los Acuerdos Gubernativos cuyo refrendo se lleve a cabo en Consejo de Ministros serán publicados por la Presidencia de la República.”
El texto es del Art. 3 del Reglamento que Fija Plazo para la Publicación de Acuerdos Gubernativos y Ministeriales del Organismo Ejecutivo, en el Diario de Centro América (Acuerdo Gubernativo No. 141-2008).
En los considerandos explica la razón de ser de ese reglamento:
“…que el Decreto Número 1816 del Congreso de la República de Guatemala se emitió con el propósito de mejorar la difusión de nuestras leyes y disposiciones de gobierno, no sólo para hacerlas del conocimiento de la ciudadanía, sino de ponerlas a su alcance por medios informativos, oportunos y prácticos…”.
2. Principio básico del derecho: Ignorantia iuris non excusat (La ignorancia del derecho no excusa).
Considero que no es necesario explicar ese principio a exconstituyentes, asesores legales presidenciales, diputados que votan en contra, comentaristas, etc., sugiero que mejor borren lo que publicaron para que no quede rastro de lo que están aseverando (lo importante es que ahora todos ya conocen cómo se debe de realizar).
Los diputados oficialistas que presentaron acción de amparo, para no quedar en ridículo pueden desistir de su pretensión ¡Mejor ponerse a estudiar!
Pd
Por cierto, acabo de empezar curso, por si quieren inscribirse les hacemos espacio…
Pd 2
Les apuesto que van a salir con que es norma reglamentaria, pero les recuerdo algo fácil para que no se sigan viendo mal:
La Constitución principios, la Ley competencia y los Reglamentos procedimientos (conocimientos fundamentales de Introducción al Derecho I).
Pd 3
Claro que van a presionar a la CC… ojalá se mantengan firmes los magistrados con la defensa del orden constitucional.
