La tardía justicia transicional para juzgar a los alzados contra el Estado
MSc. Mario Mérida
Recientemente se conoció sobre la reiteración de la orden de captura en contra del señor Gustavo Meoño (a) Manolo, ex mienbro de la Dirección Nacional del llamado Ejército Guerrilero de los Pobres (EGP), el cual surgió a la luz pública con el asesinato de José Arenas (1975).
De acuerdo con publicaciones de prensa, el Ministerio Público, por medio de la Fiscalía de Derechos Humanos, informó que emitió orden de captura por rebeldía y arraigo contra Gustavo Adolfo Meoño Brenner, quien está prófugo de la justicia. La Fiscalía de Derechos Humanos lo busca por dos casos distintos de violaciones graves a los derechos humanos.
Caso 1: Crímenes dentro de su propia organización
Delitos: Delitos contra los deberes de humanidad y desaparición forzosa.
Hechos: En 1982, Meoño Brenner y otros presuntamente juzgaron y ejecutaron a miembros de su propia organización insurgente.
Caso 2: Atentado con explosivos
Delitos: Delitos contra los deberes de humanidad y asesinato.
Hechos: El 5 de septiembre de 1980, Meoño Brenner presuntamente detonó un artefacto explosivo en el parque central de la ciudad de Guatemala, causando muertes y lesiones a varias personas. El objetivo era desestabilizar al Gobierno y al Estado de Guatemala.
A pesar de conocerse la militancia del señor Meoño, irónicamente fue nombrado custodio del denominado “Archivo Histórico de la Policía Nacional” (AHPN), descubierto casualmente hace veinte años (05/07/2005), por personal de la PDH en una sede policial de la zona 6 capitalina y del que estuvo a cargo durante 18 años.
Posteriormente huyó del país, argumentado amenazas y presiones por el trabajo desempeñado en el AHPN. Pero, los rumores que circularon acerca de la filtración o venta de información. Además, de la desaparición de documentos relacionados con acciones criminales cometidas por la guerrilla durante el periódo de Jacobo Arbenz, tal como se expone en el libro Venganza o juicio histórico[1]: “La etapa Arbencista, fue deshonrada por las graves infracciones a los derechos humanos cometidas en la plena violación de principios constitucionales reconocidos en la Constitución de 1945, pero sobre todo relacionados con la protección de las garantías individuales, particularmente una disposición específica contra la llamada Ley Fuga aplicada durante el gobierno Ubiquista, pero que irónicamente se convirtió en el instrumento empleado por los Arbencistas al mando de Augusto Charnaud (ministro de Gobernación), Rogelio Cruz Wer (jefe de la Guardia Civil), y Jaime Rosemberg (jefe de la Policía Judicial), para eliminar a quienes estaban en desacuerdo con el régimen”.
Sobre la orden de captura del comandante Manolo, creo que es un buen esfuerzo, siempre que los hechos imputados sean confirmados con pleno respeto al regimen de legalidad. No obstante, me extraña que no se tenga un expediente en el caso de la embada de España, hecho del cual el asumió su responsabilidad según lo declarado por Jorge Lujan, escritor-historiador, que cita aspectos interesantes en relación con la quema de la embajada. Entre estos, la aceptación de Gustavo Meoño, jefe de actividades del EGP, afirmando: “Yo tomé la decisión de que se ocupara la embajada de España porque era la más fácil. Estaba al pie de la calle, sin vigilancia” (elPeriódico. 13/julio/2008)
El intento de secuestro del embajador español y sus invitados, fue ampliamente condenado nacional e internaciomalemente; pero como suele suceder habilmente colocaron en el centro la equivocada presencia policial, con el propósito de rescatar a los rehenes, sin conocer que la acción había sido pactada por el embajador español, conspiración conocida por la escritora Soledad Cano, que describe los sucesos de la forma siguiente: “– ¡Aquí están! ¡Tiren la puerta abajo¡ –dictaminó alguien–. El grupo se revolvió inquieto; los secuestradores no dudaron un momento; de los macutos saca- ron una botella llena de algún líquido inflamante y tapada especialmente… –¡Esos policías asesinos no van a entrar aquí a ultimarnos! –Dijo el que tenía la bomba… –¡Asesino! –gritó el de la bomba y la arrojó contra la puerta en dirección al agujero. Ésta se incendió”[2] .
En fin, de entenderse que la intención de lo escrito, tiene como propósito ayudar a entender lo sucedido durante el enfrentamiento armado interno y, comprender hasta dónde la técnica del testimonio fue utilizada por varios exmilitantes de la guerrilla, para acomodar su personal juicio histórico. Efecto que suele ocurrir frecuentemente en este tipo de procesos investigativos, cuando los responsables de estos procesos se identifican, simpatizan o integraron una de las partes utilizando la historia oral o de vida recopiladas a través de los testimonios, para justificar sus actuaciones ponderadas con el argumento, que lo hicieron por la libertad del pueblo.
“El testimonio no sustituye a la investigación y al análisis histórico” JORGE E. ACEVES LOZANO
[1] Mérida G, Mario A. 2014. P. 55 (edición digital)
[2] Cano, Soledad. La noche del colibrí (Arde Centroamérica). Editores Plaza & Janés, S.A. Pági- na 129.
