La inteligencia nacional…función vital del Estado
MSc. Mario Mérida
Hoy comparto con los lectores el artículo cuyo título alude a la inteligencia nacional, sabido de la importancia que tiene el Sistema Naional de Inteligencia, en el actual proceso de transición política temprana. Es decir, a partir del próximo año el tema será la elección de los magistrados del Tribunal Supremo Electoral, quienes tendrán bajo su responsabilidad las elecciones del 2027.
Así que… la discusión relativa a la inteligencia nacional debe superar las concepciones ideológicas que siempre trae consigo, especialmente en países que han estado inmersos en conflictos internos, como el caso guatemalteco; que ha logrado superar parcialmente esa situación gracias al proyecto académico-prospectivo «Hacia una política de seguridad para la democracia» (1999-2002), realizado con el respaldo institucional de FLACSO-Guatemala, WSP-Internacional, PNUD, UNOPS y el apoyo financiero de Noruega y de USAID, en el que coincidieron diversos sectores y personas individuales interesadas -incluyéndome- en debatir y compartir ideas acerca de la seguridad en democracia. Uno de los temas tratados fue el relativo a los servicios de inteligencia, cuyos resultados trazaron la ruta que dio vida a la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad -SNS- y el Sistema Nacional de Inteligencia -SIN- (Decreto 3608, 27/03/2007).
El SNS atiende la Defensa y la Seguridad en función de los objetivos nacionales, que pueden ser afectados por las nuevas amenazas transnacionales; entre las que se incluyen el crimen organizado y sus diferentes expresiones capaces de afectar la gobernabilidad, además del terrorismo debido al valor geoestratégico de Guatemala en la región.
En nuestro país existen avances claramente definidos en la iniciativa de la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad (LMSNS), que tiene como objetivo específico establecer las normas jurídicas de carácter orgánico y funciona para la realización coordinada de las actividades de seguridad interior, exterior y de inteligencia por parte del Estado, para que de manera integrada, sistematizada, eficiente y eficaz esté en capacidad de anticipar y dar respuesta efectiva a riesgos, amenazas y vulnerabilidades; a fin de prevenirlos, enfrentarlos y contrarrestarlos, con plena observancia del respeto a los derechos humanos y los tratados internacionales de los cuales el país es signatario.
Este Sistema está constituido por la Presidencia de la República, los ministerios de Relaciones Exteriores, Gobernación, Defensa Nacional, la Procuraduría General de la Nación, CONRED, la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado y la Secretaría de Asuntos Administrativos de la Presidencia. Otro aspecto importante de conocer por la sociedad guatemalteca es la institucionalización de la Carrera Profesional de quienes lo integrarán, que comprende la formación, capacitación, profesionalización, sanción, evaluación, remoción y promoción.
Así como la delimitación de sus ámbitos referidos a la Seguridad Interior, Seguridad Exterior, Inteligencia de Estado y Gestión de Riesgos y Defensa Civil y, esencialmente el que: «En la realización de sus funciones, las instituciones del Sistema Nacional de Inteligencia tienen prohibido realizar operaciones derivadas de sus propias investigaciones» (Artículo 25. Prohibición).
La responsabilidad del esfuerzo de inteligencia atañe al SIN, a cargo del presidente y conducido administrativamente por el secretario de Inteligencia Estratégica del Estado, quien debe coordinar con la Dirección de Inteligencia Civil del MINGOB, la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional del MINDEF, así como con otras dependencias que puedan aportar información de valor, para la seguridad y defensa del Estado. Con la finalidad de que las dependencias de inteligencia no realicen acciones ajenas a su función, se han establecido Controles Democráticos, que engloban tres grandes aspectos. Los externos, que corresponden al ámbito de los Organismos Legislativo, Judicial y el Control Ciudadano, reconocido por la Constitución de la República -el derecho de petición y el acceso a archivos y registros estatales-. Además de lo establecido en el artículo 25, citado anteriormente.
Un Sistema de Inteligencia como el que se pretende desarrollar, asegura mayor probabilidad de éxito en la identificación y contención de las probables amenazas al Estado, capaces de contrariar el cumplimiento de los fines asignados que le otorga la Constitución, como lo son: la Protección de la persona (artículo 1°) y sus Deberes (artículo 2°) y, en consecuencia, una mejor respuesta en contra de la delincuencia común, el Crimen organizado y sus diferentes expresiones… Siempre que exista la convicción de los funcionarios involucrados de que su actuación responde a una práctica de carácter sociopolítico y no a la respuesta a un suceso aislado para responder a demandas sectoriales o situaciones coyunturales, de tal manera que es importante establecer puntualmente a quién afecta, su origen y el impacto en determinado espacio, lo cual incluye el análisis coyuntural y estructural.
Finalmente, cabe mencionar el criterio de algunos expertos, teóricos y estudiosos del funcionamiento de los Sistemas de Inteligencia, respecto a los principios que deben regirlos en la práctica, entre los que resaltan la integralidad, la continuidad, concepción centralizada y ejecución descentralizada, unidad de dirección, flexibilidad y coordinación interinstitucional.
La puesta en práctica y el logro del desarrollo exitoso del Sistema de Inteligencia Nacional guatemalteco, al mismo tiempo que le permite al Estado cumplir con sus fines, incidirá positivamenteen las relaciones internacionales de nuestro país con sus homólogos, para lograr una mejor cooperación en el combate al crimen transnacional y otras amenazas que deban ser enfrentada conjuntamente







