El debido proceso no es un crimen de lesa humanidad
Administrar justicia en una acusación por lavado de dinero (con sentencias condenatorias a los integrantes de la estructura), o que el Ministerio Público (MP), acuse y tribunales emitan sentencias condenatorias por delitos de corrupción contra ex funcionarios, no encuadra en delitos de lesa humanidad.
Es irresponsable que sujetos engañen o intenten confundir a la opinión pública aseverando que denunciar es un delito de “lesa humanidad”; un Juez en sus funciones debe cumplir la ley, si tuvo conocimiento de ilícitos debe denunciar, y así fue, una agente fiscal fue denunciada por delitos de corrupción y cumpliendo el debido proceso el MP acusó y jueces y magistrados pronunciaron sentencias condenatorias por esos ilícitos ¡Fácil!
Pd
Lean des-pa-ci-to lo que establece el Estatuto de Roma (1998), refiere a «ataque generalizado a la población civil», e indica «comisión múltiple» «de conformidad con la política de un Estado»… Y pues quien emite las «políticas» es el gobierno de Guatemala, presidido por Bernardo Arévalo de León.
¿Estarán asegurando que Bernardo es parte de crímenes de «lesa humanidad»?