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Omar Barrios Osorio

Omar Barrios Osorio

Arévalo traicionó a la Constitución: aclaraciones al comunicado del MINEX (III Parte)

15 de mayo de 2025/en Opinión/por Omar Barrios Osorio

Un simple ejemplo de por qué existe el principio y norma constitucional que establece que la Constitución de Guatemala prevalece sobre cualquier ley o tratado (Art. 204)

Cada Nación establece en su Constitución (1985) los límites o concesiones que hace vía Tratados (1997); en el caso de Guatemala fuimos claros y respetuosos con el mundo internacional (reserva), incluso con relación a los tratados de DDHH INDIVIDUALES ¿Por qué traicionar al orden constitucional?

1. ¿Existe igualdad constitucional, convencional y procesal cuando el acusador es un funcionario extranjero que goza de inmunidad diplomática de por vida y el inocente acusado falsamente no tiene esa inmunidad y es un simple chiclero?

2018: ¿Recuerdan al funcionario extranjero de Cicig,  ente creado por secretaría de Naciones Unidas , que al acusar aseveraba en audiencia que un acuerdo de ONU es superior a la propia Constitución de Guatemala?

III PARTE
ARÉVALO TRAICIONÓ A LA CONSTITUCIÓN: ACLARACIONES AL COMUNICADO DEL MINEX.

UN SIMPLE EJEMPLO DE POR QUÉ EXISTE EL PRINCIPIO Y NORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE QUE LA CONSTITUCIÓN DE GUATEMALA PREVALECE SOBRE CUALQUIER LEY O TRATADO.” (ART. 204)
Cada Nación establece… pic.twitter.com/JbodKplUsg

— Omar Barrios Osorio (@CEDEguate) May 15, 2025

Mandatario de Cicig:

-Donde se faculta a la Comisión Internacional de la… la Contra la Impunidad… que incluso el mandato se aplica por su naturaleza casi que con carácter superior a la propia Constitución de la República de Guatemala.

Eso que declara el funcionario extranjero de la Cicig en nuestros tribunales fue una enorme aberración (también estaban exentos de responsabilidad por lo que pronunciaban), conductas toleradas por algunos fiscales serviles de la antigua FECI y algunos jueces de esa época; pero los inocentes falsamente acusados estaban aun protegidos porque la Constitución no era considerada derecho interno para el sector internacional y la reserva, que conocen en Naciones Unidas, determinaba que prevalecía la Constitución sobre ese Acuerdo ¿Y ahora que Bernardo suprimió la reserva?

Por cierto ¿Dónde estaban los relatores de OACNUDH  y defensores de DDHH cuando se dieron esos abusos? ¿Por qué la relatora Margaret Satterthwaite encubrió en sus informes a exfuncionarios sentenciados por delitos de corrupción?

2. ¿Ven la importancia de la reserva que Bernardo retiró ilegalmente,  para garantizar los derechos de los guatemaltecos?

El Tribunal Constitucional (CC), de Guatemala,  fue claro al delimitar los alcances de derecho interno (que es consistente con la reserva de 1997), Expediente 4551-2018:

“Sea cual fuere la manifestación de derecho internoque se considere -ley, sentencia, resolución administrativa u otra-, no puede ser oponible para el incumplimiento de un tratado internacional [Sentencias dictadas en los expedientes 2676-2009 y 539-2012].”

Como pueden apreciar una reserva NO puede significar que Guatemala NO tiene intención de cumplir con sus obligaciones, es clara la Corte al determinar que decretos, acuerdos, sentencias o resoluciones administrativas son derecho interno y NO están sobre los tratados, pero ¿Ve usted que la CC refiera a que la Constitución entra en eso? La imagen lo explica fácil.

3. Grave reducción de derechos de los guatemaltecos para enfrentar al “Clan internacionalista” enquistado en las organizaciones extranjeras

Imagine que usted o su familiar más querido es falsamente acusado por la estructura transnacional millonaria creada por la secretaría general de Naciones Unidas.

 Y claro que pensará ¿A mí? ¡Jamás! Le recuerdo que varios inocentes como usted, fueron acusados ilegalmente y murieron privados de libertad, otros se enfermaron gravemente (Chiclero) y tantas historias que podría contar.

Pues le cuento que le tocaría enfrentar a funcionarios extranjeros de Naciones Unidas como acusadores y que gozan de inmunidad diplomática “de por vida” (no los perseguirán por los delitos que cometan en sus funciones*), con guardaespaldas extranjeros de formación militar de naciones sin extradición (si lesionan o dan muerte a una persona se van a sus países y no hay extradición), vehículos blindados (sin inventario), decenas de extranjeros sin responsabilidades en su actuar en contra suya (expedientes secretos), con cientos de millones de dólares sin rendición de cuentas (hasta de Usaid), que devengan salarios de decenas de miles de euros (sin pagar impuestos), protegidos por una red de diplomáticos y organizaciones del “clan internacionalista”, encubiertas las ilegalidades de esa estructura por sus propios tribunales, fiscales y magistrados a su servicio y medios de comunicación paralelos y serviles a esas ideologías desfasadas, con enlaces a crimen organizado como Odebrecht o TCB y que lo único que lo protege a usted y su familiar es el principio que la Constitución prevalece sobre ese Acuerdo de ONU y un abogado defensor.

Ahora Bernardo Arévalo retiró la reserva y si lo hubiera hecho en esa época distorsionada la exigencia de ese funcionario extranjero hubiera sido procedente y el Acuerdo de la Cicig pasaría sobre la Constitución y el Código Procesal Penal (discutible por supuesto), con la interpretación que quisieran imponer y tenga presente esto: su derecho humano y constitucional de defensa acaba de sufrir una enorme reducción y eso es solo un simple ejemplo, no hemos logrado dimensionar el daño que hizo Bernardo y sus funcionarios.

Aclaro que se los dice un abogado que sí litiga, enfrentó y derrotó en todos los casos a esa estructura enquistada en las instituciones internacionales (todo documentado en expedientes y audios), derrotados en sus propios tribunales, defendimos inocentes de ese poder millonario, colaboramos para frenar la ilegal reforma constitucional ordenada por un gringo (Todd) y colombiano (Iván) y nos tocó enfrentar represalias ilegales de funcionarios de la estructura desde Washington escondidos en su inmunidad diplomática, atacados simplemente por ejercer nuestra profesión de defender inocentes y acusar corruptos que resultaron ser parte de ellos; defender nuestra Nación y Constitución representó enfrentar difamaciones, represalias y ataques contra la dignidad, familia, clientes, empresas, etc., pero no pudieron derrotarme y aquí estoy, desde este espacio digital defendiendo la Constitución de los abusos de un grupo de funcionarios locales serviles al “clan internacionalista”, pero a quien de verdad necesitamos defendiendo a la Constitución es a usted, Guatemala lo llama a cumplir su deber ciudadano (Art. 135,136 y 137).

Continuará…

Etiquetas: Constitución, Convención de Viena
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