Si usted es migrante en EEUU o tiene familiares ahí, debe informarse sobre el registro obligatorio. Fernando Castro Molina explica cómo
En Estados Unidos residen 3,619,436 migrantes guatemaltecos, informa la página de la Red Consular.
Los inmigrantes ilegales que residen en Estados Unidos están obligados a registrarse ante la Agencia Federal de Inmigración. De lo contrario, pueden ser sancionados seriamente, advierte Fernando Castro Molina, analista migratorio guatemalteco.
Redacción
Según explica Castro Molina, el gobierno de EE.UU. emitió el 20 de enero de este año la Orden Ejecutiva 14159, titulada “Proteger al pueblo estadounidense contra la invasión”. Según esta normativa, los inmigrantes que residen de forma ilegal en ese país, deben registrarse a partir de los 14 años ante la Agencia Federal de Inmigración.
La disposición también establece que: “Los padres y tutores deben asegurarse de que sus hijos menores de 14 años estén registrados, en un plazo de 30 días tras cumplir 14 años, el menor extranjero previamente inscripción y que se le tomen las huellas dactilares
¿Qué pasa si no se registran?
De no hacerlo, podrían enfrentar sanciones civiles y penales, que van desde multas hasta US$5000 a detención y prisión hasta 30 días o ambas penas combinadas.
El registro deben hacerlo ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), donde los migrantes también están obligados a reportar cambios de domicilio hasta 10 días después de la mudanza, a través de la plataforma en línea de USCIS. De no hacerlo, podrían ser deportados a menos que demuestren justificación para el incumplimiento.
Necesidad de información
El analista migratorio comenta que los gobiernos de países afectados por estas medidas, entre estos Guatemala, deben difundir las disposiciones vigentes, “como parte de una responsabilidad moral de funcionarios vinculados al tema migratorio”.
Nunca olvide su comprobante de registro y consulte con expertos
Los migrantes mayores de 18 años deben portar el comprobante de registro en todo momento, ya que, si no lo presentaran al ser detenidos, podrían ser deportados.
Están exentos los migrantes que se encuentran en procesos migratorios como residencia, Estatus de Protección Temporal (TPS), DACA, asilo o Paro9le humanitario.
Castro Molina enfatiza en que los migrantes en situación irregular deben consultar con organizaciones pro inmigrantes, así como abogados migratorios sobre la conveniencia de realizar el registro o no realizarlo y sus consecuencias.
