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Presupuesto 2026: Junta Monetaria prepara inconstitucionalidad por artículo 85

4 de diciembre de 2025/en 24/7, Panoráma Económico/por redaccion247prensadigital@gmail.com

La Junta Monetaria (JM) confirmó que prepara una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 85 del Decreto 27-2025, correspondiente al Presupuesto General 2026, al considerar que contraviene de forma expresa la Constitución, particularmente el artículo 133, que prohíbe que el Banco de Guatemala financie al Estado directa o indirectamente.

Redacción

En los últimos días, abogados y especialistas en derecho constitucional han señalado públicamente la ilegalidad de la disposición. Entre ellos destaca el constitucionalista Diego Sagastume-Vidaurre, quien publicó en su cuenta de X que si la Junta Monetaria no puede autorizar al Banco de Guatemala a financiar al Estado, mucho menos puede hacerlo el Congreso facultándolo mediante una norma presupuestaria.

Sagastume-Vidaurre advierte en su cuenta de X: “El Banguat no puede financiar al Estado. El texto es constitucional.”

Qué dice el artículo 85

El artículo impugnado autoriza al Ministerio de Finanzas a solicitar al Banguat el uso de Reservas Monetarias Internacionales para cubrir el pago de 2,817 acciones serie C del Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), con un costo que supera los USD 40 millones.

Además, obliga al banco central a honrar ese compromiso con cargo directo a sus reservas, pese a que la Carta Magna establece que dichos recursos deben proteger la estabilidad y solvencia del sistema financiero, no financiar políticas del Ejecutivo.

La postura interna de la Junta Monetaria

El gerente jurídico del Banguat y asesor legal de la JM, Leonel Moreno, confirmó a un medio de comunicación que el análisis jurídico ya está en marcha y que la conclusión apunta en una sola dirección:

“La disposición es inequívoca: contraviene la Constitución. Lo que corresponde es una acción de inconstitucionalidad.”

Moreno precisó que no existe diálogo con el Ejecutivo sobre esta decisión y que el caso avanza estrictamente desde la perspectiva legal y técnica.

Por qué el tema es tan delicado

El artículo 133 de la Constitución establece límites estrictos para evitar que el Banco de Guatemala se convierta en un financista del gobierno. Entre ellos:

Prohibición absoluta de financiamiento directo o indirecto al Estado;

Prohibición de adquirir valores emitidos por entidades públicas en el mercado primario;

Protección de las reservas internacionales como instrumento de estabilidad, no como caja de financiamiento.

Por eso, la instrucción del artículo 85 plantea un choque frontal con ese marco normativo.

¿Qué papel juega la CAF?

La CAF es un organismo de financiamiento regional al que Guatemala pertenece desde 1968.

El pago de capital ordinario no es nuevo, pero la forma en que el Presupuesto 2026 ordena cubrirlo sí lo es: por medio de las reservas del banco central, algo sin precedentes en la política monetaria reciente.

El artículo también faculta al Banguat a aceptar normas internas del organismo, incluyendo mecanismos de arbitraje, lo que abre nuevas interrogantes sobre soberanía jurídica y autonomía institucional.

Acción legal contra Presupuesto 2026

La JM presentará su acción ante la Corte de Constitucionalidad (CC). La resolución será clave por dos razones:

Definirá si el Congreso puede ordenar el uso de reservas internacionales.

Sentará un precedente sobre los límites de la política presupuestaria frente a la Constitución.

Mientras tanto, las advertencias de abogados constitucionalistas señalan que el uso de reservas internacionales podría convertirse, en un quiebre peligroso en la arquitectura monetaria del país.

Etiquetas: Artículo 85, Banguat, Junta Monetaria, Presupuesto 2026
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