MARN rechaza exoneración aprobada por el Congreso a iglesias y entidades de estudios ambientales
El Congreso de la República aprobó este martes el Decreto 9-2025, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, que exime a las iglesias, municipalidades e instituciones benéficas de realizar estudios de impacto ambiental.
Redacción
La medida generó una inmediata reacción del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), que calificó la reforma como un retroceso y un incentivo a la impunidad ambiental.
La aprobación fue posible gracias a la coalición de las bancadas: Cabal, Vamos, UNE, Valor, Todos, Elefante, Nosotros, y otros.
Aunque el bloque oficialista presentó 9 objeciones al decreto no logró el apoyo necesario para frenar la aprobación de la ley. De acuerdo con los diputados independientes la ley debilita controles, seguridad jurídica, transparencia y viola principios constitucionales y presupuestarios.
Las objeciones fueron rechazadas por el pleno del Congreso con 91 votos en contra frente a 36 que se pronunciaron a favor, por lo que el proyecto fue remitido al Ejecutivo para sanción o veto
El diputado Edín Mejía, de Visión con Valores (Viva), defendió la moción argumentando que los templos ya construidos “no deberían pagar” por instrumentos ambientales retroactivos, aunque sí deberán hacerlo en el caso de nuevas edificaciones. La ley fue aprobada con 98 votos a favor.
Otros legisladores, como Julio Portillo, aseguraron que la norma no solo beneficiará a las iglesias, sino también a pequeños comercios como tortillerías. Sin embargo, la diputada Ivanna Luján cuestionó que la ley “privilegie a un sector en detrimento del medio ambiente”.
Postura del MARN
En un comunicado, el Ministerio advirtió que la normativa:
Limita la obligatoriedad de licencias ambientales únicamente a actividades comerciales, dejando fuera sectores como la agricultura, industria y construcción.
Reduce las sanciones por incumplimiento a rangos mínimos de entre 2 y 10 salarios mínimos.
Elimina la responsabilidad de los funcionarios públicos para exigir instrumentos ambientales.
Contraviene compromisos internacionales, como el artículo 17 del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, que prohíbe debilitar normas ambientales para favorecer el comercio.
“El decreto otorga privilegios sin fundamento técnico y abre la puerta a la impunidad ambiental”, concluyó el MARN.
