Corrupción y crimen organizado
Mario Mérida
Como es común, en cada proceso electoral surge la corrupción, como tema de campaña y de igual manera la promesa de eliminarla de tajo desde los primeros días que inicia un nuevo gobierno; promesa difícil de cumplir. Ya, que no se trata de sistemas, leyes o amenazas de cárcel para contenerla o disuadirla, sino de la honradez y honestidad de las personas que asumen la dirección de las instituciones. Entendiendo la diferencia entre ambos valores: “la honradez es definida por la Real Academia de la Lengua Española, como rectitud de ánimo, integridad en el obrar y a la honestidad la señala como el ser decoroso, decente, recatado, pudoroso, razonable, justo, recto, honrado”.
Tal definición se ejemplifica con la siguiente frase: “El primer acto de corrupción de un funcionario público, es aceptar un cargo para el cual no tiene las competencias profesionales para desempeñarlo”, pensamiento atribuido inicialmente al expresidente Campins, pero que posteriormente resultó ser anónima, si bien igualmente sirve de reflexión para el caso.
Los niveles alcanzados por la corrupción y el crimen que implica, la convierten en una amenaza capaz de entorpecer la continuidad del Estado guatemalteco. La corrupción ya fue incluida en la Agenda Nacional de Riesgos y Amenazas (2020), como un riesgo del Incremento de corrupción en puestos fronterizos (p. 22) y un factor de vulnerabilidad (45), pero no como una de las amenazas[1]
El próximo gobernante promete resolver la situación implementando un sistema que la encare frontalmente y, esto es posible desde el Consejo Nacional de Seguridad (Ley Marco Sistema Nacional de Seguridad, Decreto 18-2008. Artículo 10), atendiendo al tercer considerando, en el cual se establece: “Que los riesgos y amenazas que enfrenta la seguridad plantean una mayor complejidad, por lo que es necesario fortalecer y estrechar la coordinación entre las instituciones competentes en el ámbito de seguridad, asumiendo un acercamiento programático focalizado en seguridad y justicia, como una totalidad comprensiva e integrada, a fin de dotar al Estado de las herramientas indispensables para el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales”.
Estudios realizados por Pedro Piedrahita Bustamante (2019*), en “LA CORRUPCIÓN POLÍTICA COMO CRIMEN ORGANIZADO TRANSNACIONAL”, la explica caracterizando la corrupción política como Crimen Organizado Transnacional (en adelante COT), es decir, como un delito que funciona en red en el contexto de la globalización”.
El autor documenta su análisis con base en los aportes de varios autores[2] desde el funcionamiento del Estado y su transformación a partir de su origen en Westfalia (1648), “… como un poder institucionalizado, un concepto claro de ciudadanía, el monopolio de la coerción, fronteras y soberanía, valores compartidos y el derecho asociado a la idea del orden” (Chevallier, 2011, p. 19*), valores afectados por un nuevo “Estado englobado que no es el protagonista exclusivo de la vida internacional y nacional”. Esta condición facilita al COT adentrarse al interior del Estado, para alinear a los funcionarios en función de sus intereses criminales, principiando con la impunidad. Esta capacidad de “… la criminalidad organizada para penetrar en las estructuras fundamentales de las sociedades democráticas resulta devastadora, al condicionar las voluntades de políticos, jueces, policías, periodistas, empresarios, etc., lo que supone un impacto directo sobre la línea de flotación de los valores democráticos y de un Estado de Derecho”, que bajo la perspectiva de Bobbio (2016*), no es más que: “… la hibridación del delito y la política, es decir, la infiltración del crimen organizado en el poder público que, termina siendo un sub gobierno en penumbra o un cripto gobierno en completa obscuridad”
En conclusión, la potenciación de las redes criminales favorecidas por las ambiciones de enriquecimiento de funcionarios y empleados públicos; ausencia de controles efectivos y una respuesta integral estatal, es incuestionable.
La situación en nuestro país obliga a replantear el análisis de la amenaza del COT y su alianza con la corrupción, desde la institucionalidad estatal para generar una POLÍTICA CRIMINAL[3] integral capaz de su contención, complementada con la estrategia particular de cada Organismo del Estado. Asimismo, promover la participación ciudadana en la vigilancia, como natural y obligado auditor del quehacer político. Mientras los guatemaltecos continúen observando pasivamente la corrupción; más avivan la pasión de funcionarios públicos y mercaderes por esta manceba[4],[5]
En el libro “La historia de Sun Tzu” (2006), escrito por Cao Yaode y Cao Xiaomei se hace mención del consejo de Sun Tzu al rey Helu a quien le explica, cómo enfrentar con éxito la corrupción: “Mientras Sun Tzu camina con el rey, golpea las columnas y los dinteles de las puertas del palacio: “… a cada golpe se percibe lo carcomido de la madera”. De esta manera Sun hace entender al rey que la estructura política, estaba en igual condición que los salones visitados; que la polilla “… no eran otros que los funcionarios corrompidos en el gobierno” y que estos: “… habían propiciado una corrupción desenfrenada, provocando un abismo entre la burocracia y el pueblo y un grave antagonismo entre ambos” Por último, hay que desengavetar y revisar la iniciativa de la propuesta de la ley sobre “Inhabilitación o muerte civil” (2018). Así, como evaluar los resultados de la “Comisión
[1] Narcoactividad, Hechos ilícitos cometidos por miembros de maras y/o pandillas, Extorsiones, Tráfico ilícito de personas, Lavado de dinero u otros activos, Tránsito y tráfico ilegal de armas de fuego, municiones y explosivos, Defraudación y contrabando aduaneros, Tráfico y tránsito ilegal de flora y fauna, Robos y hurtos, Trata de personas, Cibercrimen y Terrorismo (ANRA2020)
[2] Duque (2007), Fijnaut, Bovenkerk, Bruinsma & Van de Bunt (1998), Haken (2011), Jiménez & Castro (2010), Mesa (2007), Piedrahita (2014, 2017), Williams (1994, 2003), Morselli (2009), Campana (2016) y Bobbio (2016),
[3] En general es “El conjunto de respuestas que un Estado estima necesario adoptar para hacerle frente a conductas consideradas reprochables o causantes de perjuicio social con el fin de garantizar la protección de los intereses esenciales del Estado y de los derechos de los residentes en el territorio bajo su jurisdicción.
[4] Mario Mérida “ÉTICA Y CORRUPCIÓN” (2017). elPeriodico.
[5] Política General de Gobierno 2020-2024 (p. 22): Uno de los problemas más graves que afectan la vida política y el desarrollo del país es la corrupción, entender que es indispensable su eliminación desde los cimientos para recobrar la credibilidad y confianza, permitirá alcanzar la participación de los ciudadanos en un marco de eficiencia, transparencia administrativa y ética, como ejes de la gestión gubernamental, y lograr los cambios en la administración pública que los ciudadanos demandan del Estado.