Entró en vigor la reforma al IVA: ¿Debe cambiarse al Régimen de Pequeño Contribuyente?
Desde el 1 de abril de 2025 está en vigencia el Decreto 31-2024, una reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que amplía el límite de facturación para acogerse al Régimen de Pequeño Contribuyente. El nuevo techo fiscal es de Q465,381.25 anuales, equivalente a 125 salarios mínimos mensuales del sector no agrícola.
Redacción
Este cambio ha impulsado a más de 2 mil guatemaltecos a solicitar su traslado del Régimen General al de Pequeño Contribuyente en menos de un mes, según datos de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT). También se han registrado migraciones hacia los nuevos regímenes Primario y Pecuario.
El aumento del límite representa una oportunidad para profesionales, pequeños empresarios y emprendedores que antes quedaban fuera del régimen por superar el antiguo tope de Q150 mil anuales. El nuevo umbral permite una mayor flexibilidad y simplificación tributaria para quienes facturan menos de Q38,781.77 al mes.
Además, el régimen permite tributar un 5% sobre lo facturado en concepto de IVA, sin necesidad de llevar una contabilidad compleja, salvo que se superen activos por Q25 mil.
¿Cómo realizar el cambio o la inscripción?
Para realizar el cambio, los contribuyentes deben seguir estos pasos:
- Verificar ingresos: Asegurarse de que el promedio mensual no supere los Q38,781.77.
- Actualizar datos en Agencia Virtual SAT, incluyendo DPI vigente y recibo de servicios básicos.
- Solicitar el cambio: La modificación de régimen es inmediata y aplicará desde el primer día del mes siguiente.
- Hacerlo antes de julio: La SAT otorga un plazo de tres meses desde que inicia el año fiscal (abril-junio) para realizar el cambio de forma voluntaria. Después, puede hacerlo de oficio si se supera el nuevo techo.
¿Le conviene cambiar?
Dependerá de su nivel de ingresos, tipo de clientes y margen de utilidad. Antes de realizar el cambio, debe considerar:
- Si factura a grandes empresas, verifique si requieren crédito fiscal, ya que las facturas del pequeño contribuyente no lo generan.
- Si su utilidad neta supera el 28%, podría beneficiarse del régimen. Pero si es inferior al 10%, podría terminar pagando más.
Recomendaciones finales
- Revise sus ingresos de 2024 para evaluar si le conviene el cambio.
- Mantenga actualizados sus datos en SAT.
- Presente sus declaraciones puntualmente.
- Familiarícese con sus obligaciones tributarias para evitar sanciones.