Avanza en tercera lectura Ley de Vacunación
El pasado 10 de septiembre, el Congreso de Guatemala aprobó en tercera lectura, sin discusión previa, la Ley de Vacunación, identificada como Iniciativa 6081. Este proceso acelerado ha levantado serias alarmas entre abogados y diversos sectores de la sociedad, que temen que la nueva normativa permita a las autoridades imponer la vacunación obligatoria y establecer un riguroso control social mediante el registro y monitoreo de la población.
Redacción
Avanza en tercer debate sin discusión la Ley de Vacunación, plantea lo que plantea dudas sobre la transparencia del proceso y la falta de análisis profundo en torno a los efectos de la ley. Aunque los defensores de la iniciativa sostienen que garantiza el acceso universal, voluntario y gratuito a las vacunas, críticos señalan que el trasfondo de la ley podría ser la obligatoriedad y control ciudadano.
Diego Sagastume Vidaurre, abogado constitucionalista alertó sobre las posibles inconstitucionalidades tanto en el contenido de la ley como en la forma en que fue aprobada.
La tercera y última lectura se dio sin debate alguno, “lo cual vulnera los principios de transparencia y participación democrática”, subrayó Sagastume Vidaurre.
Vacunas obligatorias
Uno de los puntos más polémicos de la ley es el Artículo 16, que establece que es responsabilidad de la población vacunarse contra las enfermedades inmunoprevenibles que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) considere necesarias.
Esta disposición ha despertado críticas por la posible obligatoriedad implícita, que muchos ven como una puerta para la imposición del control estatal sobre los ciudadanos.
Además, la Ley de Vacunación propone la creación de un registro exhaustivo de vacunación, lo cual ha sido señalado por expertos como una herramienta que podría ser utilizada para ejercer control social.
Sin embargo, las autoridades argumentan que el registro es necesario para garantizar la cobertura universal de las vacunas, pero esto puede transformarse en una medida atenta contra la privacidad y el libre albedrío de las personas.
Por otro lado, los artículos 25, 26 y 27 se refieren a la participación directa de entidades internacionales como la Organización Panamericana de la Salud (OPS= y Organización Mundial de la Salud (OMS). Es importantes señalar los esfuerzos de la OMS por instaurar un Tratado sobre Pandemias que le permita el control total en caso de emergencias sanitarias.
Sin lugar a dudas, la Ley de Vacunación no solo plantea un reto en el ámbito de la salud pública, sino que abre un debate más amplio sobre el equilibrio entre la protección colectiva y las libertades individuales.
La implementación de esta normativa, junto con el registro obligatorio y el rol del Ministerio de Educación en la vigilancia del cumplimiento, podría representar un cambio significativo en la relación entre el Estado y la ciudadanía.