Ni eufemismos ni señalamientos del ministro tapan la verdad y el artículo 85 podría ser derogado
Jonathan Menkos trata de derivar la responsabilidad sobre el polémico artículo 85 con eufemismos y hasta señalando a un conocido medio informativo de tergiversar una verdad tan evidente que brilla por sí misma: el banco central no puede derivar fondos del tesoro nacional hacia la compra de acciones de bancos extranjeros, en este caso el CAF.
Redacción
Según dijo Menkos a varios medios y también expuso en sus redes, «el artículo 85 faculta al Ministerio de Finanzas a gestionar ante el Banguat el uso de RMI (reserva monetaria internacional) para el pago de las acciones, pero también manda a que la Junta Monetaria autorice la transacción» lo que, según sus palabras, «permite contar con las opiniones técnicas y legales previas que le den viabilidad».
Esto parece un intento de lavarle la cara a la grave inconstitucionalidad que, según señala Omar Barrios, podría dejar sin efecto el presupuesto 2026, ya que es totalmente falso que una opinión de la Junta Monetaria le pueda «lavar la cara» a la ilegalidad que cometería el Banguat trasladando fondos para invertir US$40 millones en un banco venezolano que sirve a la Agenda 2030 (o a cualquier otro emprendimiento gubernamental. Sencillamente, el Banguat no puede hacer esto).
Menkos, aparentemente acorralado por la verdad, recurrió a señalar a Prensa Libre de dolo, asegurando que el proyecto de presupuesto «contenía la compra de acciones del CAF con fondos del presupuesto» y señalando que el medio citado incurrió en un error voluntario, para sesgar opinión. A esto, un ciudadano en X le respondió lo siguiente:
«Se van a acobardar y van a impugnar el artículo 85 hasta en enero», afirma Barrios
El Banguat anunció que presentarán ante la Junta Monetaria una «hoja de ruta» para determinar las acciones a realizar ante la vigencia del artículo 85 (a todas luces, inconstitucional ya que transgrede la norma constitucional que prohíbe al banco central trasladar las reservas monetarias internacionales del Estado para gastos del gobierno).
Al respecto, el abogado Omar Barrios explica que, de presentarse un Amparo, el presupuesto recién aprobado podría quedar totalmente derogado, y «lo más seguro es que la gente que va a impugnar eso se va a acobardar y lo va a hacer hasta en enero».
El escenario más probable, indica Barrios, es que se presente una inconstitucionalidad dirigida a la derogación del artículo 85, a partir del 1 de enero cuando entra en vigencia el presupuesto 2026. Y según dijo, también es probable que la Corte de Constitucionalidad decida derogar el artículo inconstitucional.







