¿Justicia guatemalteca debe someterse a la aprobación de Washington?
El reciente retiro de visas a tres magistrados suplentes de la Corte de Constitucionalidad (CC) por parte del Departamento de Estado de Estados Unidos despierta cuestionamientos sobre la legitimidad y las motivaciones detrás de estas acciones.
Redacción
Luis Alfonso Rosales Marroquín, Walter Paulino Jiménez Texaj y Claudia Elizabeth Paniagua Pérez, los magistrados sancionados, vieron cómo su acceso a suelo estadounidense fue vetado tras emitir una resolución a favor de Jorge Mondal, presidente del Banco de los Trabajadores (Bantrab), a quien el presidente Bernardo Arévalo había destituido por incumplir supuestos requisitos legales.
Este tipo de medidas, aunque se perciben como un castigo por presunta corrupción, parecen más bien una forma de juicio arbitrario por parte del Departamento de Estado. ¿Qué pruebas presentó Estados Unidos para justificar tal sanción?
Hasta el momento, el único argumento conocido es el descontento de los diplomáticos con la decisión judicial, una postura que entra peligrosamente en el terreno de la injerencia.
Tal parece, que la retirada de visas a funcionarios judiciales por emitir resoluciones que no complacen a la embajada estadounidense se ha vuelto una estrategia recurrente.
La situación de Mondal, quien se mantiene en su cargo tras dos amparos, tampoco ha sido del todo aclarada. Si bien se le ha señalado por no cumplir los requisitos para dirigir el Bantrab, y el gobierno ha presentado una querella formal por delitos de perjurio y falsedad ideológica.
Este tipo de sanciones, además de afectar la credibilidad del sistema judicial guatemalteco, plantean una peligrosa tendencia: ¿Estamos ante un precedente en el que cualquier fallo judicial que no satisfaga los intereses de ciertos actores internacionales puede llevar a represalias diplomáticas?
Lo que debería ser un asunto interno de la justicia guatemalteca ha sido internacionalizado, con consecuencias que van más allá de la legalidad y cuestionan la autonomía del país. Cabe resaltar que las decisiones judiciales deben ser revisadas por las instancias correspondientes dentro de Guatemala, no juzgadas por embajadas o funcionarios de otro país.